lunes, 4 de junio de 2007

Nueva Normativa de Espacios Publicos

Todos los espacios públicos de España deberán adaptarse a los discapacitados a partir de 2010
M. J. PÉREZ-BARCO. MADRID.

La imagen de las ciudades españolas tendrá que cambiar radicalmente en los próximos años, por lo menos a nivel de calle.
Un real decreto, aprobado por el Gobierno y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), regula toda una serie de condiciones urbanísticas nuevas que se tendrán que aplicar en los espacios públicos y edificios para hacerlos accesibles a personas con cualquier tipo de discapacidad.
Es decir, plazas, parques, jardines, aparcamientos, salas de espectáculos, playas, quioscos y terrazas de bares, entre otros, tendrán que adaptarse a los nuevos requerimientos para que puedan ser usados por una persona en silla de ruedas o que vaya acompañada por un perro guía o por cualquier otro tipo de asistencia, ya sea técnica (bastones, muletas), humana o animal. Lógicamente, ello afectará a elementos tan variados como barandillas, sumideros de las calles, aceras, semáforos, pasos de cebra, marquesinas, paneles publicitarios, torniquetes, arcos de detección de metales y hasta cajeros automáticos de entidades bancarias y máquinas expendedoras.
Año y medio de retraso
Las nuevas características urbanas serán obligatorias a partir del 1 de enero de 2010 para los espacios públicos urbanos y edificios nuevos y en los casos en los que se tenga que rehabilitar, reformar o ampliar los que ya existen. En todo caso, a partir del 1 de enero de 2019, las ciudades españolas deberán haberse adaptado ya a esas nuevas exigencias, siempre que se puedan realizar «ajustes razonables».
La normativa llega casi con año y medio de retraso, pues la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal para personas con discapacidad, que entró en vigor el 4 de diciembre de 2003, ya preveía la aprobación de estos nuevos requerimientos urbanísticos en el plazo de dos años. Por tanto, deberían haberse puesto en marcha el pasado 4 de diciembre de 2005.
Los detalles para hacer un edificio accesible son numerosos. Por ejemplo, las plazas de aparcamiento para dicapacitados deben situarse lo más cerca posible de la entrada y las puertas aptas para ellos tienen que estar señalizadas y con la suficiente iluminación como para ser reconocidas de un vistazo desde el exterior e interior. El real decreto incluso dice que en una planta de una construcción, que tenga toda su superficie al mismo nivel, se procure instalar un pavimento que evite los resbalamientos y facilite el desplazamiento de personas con problemas de movilidad.
En el caso de edificios que dispongan de sistemas de control, como arcos de detección y torniquetes, y estos obstaculicen el paso de discapacitados, deberá instalarse al lado un paso alternativo accesible. Y en los salones de actos, salas de espectáculos y locales, por ejemplo, se exigen asientos convertibles, próximos a las salidas, para que puedan ser utilizados por este colectivo.
Viviendas y espacio urbano
También las construcciones para viviendas se ven afectadas. En aquellas de más de tres plantas de altura deberá existir una rampa o un ascensor accesible. Si no es así, por lo menos, se dejarán preparadas las condiciones que permitan la instalación de estos elementos en el futuro.
En el espacio público urbano el cambio de imagen resultará sorprendente. Los caminos reservados a los peatones (aceras, calles peatonales) serán continuos, sin escalones sueltos y con pendientes que faciliten la circulación de los usuarios en silla de ruedas. El pavimento no tendrá resaltes, evitará los resbalamientos y deberá indicar (por ejemplo, a través de distintos colores y texturas) el arranque de rampas, escaleras y los vados reservados a peatones.
Habrá elementos de apoyo como barandillas y zócalos. Y las rejillas y sumideros, por ejemplo, tendrán un diseño que no darán problema alguno a sillas de ruedas, ni carritos de bebés, ni bastones, muletas e, incluso, tacones de zapato.
Estos itinerarios estarán también garantizados en parques y jardines y playas urbanas. Y en esos espacios las personas con perros guía o de asistencia tendrán derecho a su uso y disfrute.
La normativa también afectará a las actividades comerciales. Los quioscos, puestos temporales, terrazas de bares y expositores no invadirán las zonas peatonales y deberán garantizar el paso, evitando que sobresalgan salientes altos o toldos a baja altura. Incluso los cajeros automáticos y máquinas expendedoras tendrán que dar acceso a las personas con discapacidad, así como los teléfonos públicos.
La altura de muchos cajeros automáticos impide que sean usados por personas en sillas de ruedas. A ello hay que sumar que, en muchas ocasiones, es imposible visualizar la pantalla porque la inclinación de la misma facilita el reflejo de la luz. Y se echa en falta otras alternativas visuales, táctiles y auditivas más aptas para este colectivo.
ABC

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