martes, 8 de mayo de 2007

BOCG,Congreso de los Diputados, serie D, núm. 55, de 14/09/2000

Releyendo papeles sobre cosas de los vendedores de prensa, me he encontrado con uno, el del titulo, del que traslado un fragmento:
Respuesta del gobierno a pregunta de D. Francisco Rodriguez Sánchez (GMx).
"el Servicio de Defensa de la Competencia elaboró un estudio sobre la situación normativa reguladora de las relaciones comerciales entre distribuidores y vendedores de prensa, que se envió al Congreso de los Diputados en virtud de la Proposicion No de Ley aprobada el 6 de Octubre de 1998.
El estudio considera que la situacion normativa existente padece una perdida de eficacia legal de las normas que le eran aplicables, con el resultado de que se conservan en la practica del mercado aspectos antes amparados en dichas normas que condicionan su funcionamiento (¿esto quiere decir que estas practicas ya no tienen amparo legal eficaz?) como son: el derecho a devolucion de invendidos, un precio fijo o el sistema de retribucion de vendedores. Por otro lado, la exclusividad de los acuerdos entre los distintos agentes supone una restriccion de la competencia.
Otros aspectos que limitan la libre competencia son el precio fijado en las portadas sin que exista ninguna disposicion legal que ampare dicha práctica,..............

Madrid, 7 de julio de 2000.- El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes.

Por si alguno no lo sabia, (como yo), y tal y como dice este escrito, (así lo entiendo yo), no existe ninguna ley que diga que la prensa tiene que llevar el precio de venta fijado por el editor.

Y si a esto le añadimos lo que dice el Articulo 13.- Libertad de Precios. de la Ley 7/1996.
que dice así:

1.- Los precios de venta de los articulos serán libremente determinados y ofertados con caracter general de acuerdo con lo dispuesto en la legislacion de defensa de la libre y leal competencia, con las excepciones establecidas en leyes especiales.

2.- Esto, no obstante, el gobierno del estado, previa audiencia de los sectores afectados, podrá fijar los precios o los margenes de comercializacion de determinados productos, así como someter sus modificaciones a control o a previa autorizacion administrativa, en los casos siguientes:
a) Cuando se trate de productos de primera necesidad o de materias primas estrategicas.
etc. etc. etc.
y en la Ley 37/1992, de 28 de Diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
dice:
Se aplicará el tipo del 4% a las operaciones siguientes:
1.- Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes que se indican a continuación:
1.-los siguientes productos:

a.- El pan común, asi como la masa de pan...............................
b.- Las harinas panificables.
c.- Los siguientes tipos de leche..........................
d.- Los quesos.
e.- Los huevos.
f.- las frutas, verduras,..........................

2.- Los libros, periodicos y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad, así como los elementos complementarios que se entreguen conjuntamente con estos bienes mediante precio único."..........."
Se entenderá que los libros, periodicos y revistas continen fundamentalmente publicidad cuando más del 75% de los ingresos que proporcionen a su editor se obtengan por este concepto.

Que cada uno saque sus propias conclusiones.


4 comentarios:

Josep dijo...

Esta claro que parecemos el culo del mundo, acabaremos voceando otra vez en los semaforos.
Fijate si todo va bien, donde yo estoy y si miras hacia los cuatro puntos cardinales estan los cuatro quioscos mas cercanos cerrados.
Norte y Oeste cerraron hace dos años y Sur la semana pasada.
Salu2.

Josep dijo...

lo he enviado a las 10:49
¿por que aparece a las 1:49?
ce la vie.

Anónimo dijo...

No sé si te he entendido bien.
¿Estás de acuerdo con que las publicaciones dejen de tener precio fijado por el editor?
El día que eso ocurra, será (aún más) el principio del fín de nuestra profesión.
No tardaríamos ni dos días en comprobar cómo, al comprar un bote de champú, un bikini, un bolso, o unas chanclas, regalan una revista. ¿Te suena de algo?
Y al comprar el pan, la leche, o el tabaco, regalarán el periódico.
Y nosotros, adiferencia de otros establecimientos, no podemos (ni debemos, si queremos mantener cierta dignidad profesional) comercializar ninguno de los, a modo de ejemplo, productos citados, si exceptuamos el tabaco.

La mosca dijo...

NO hay quien se meta con nuestros sector Kioskero, es un oceona de irregularidades y practicas de mercado atipicas.

Saludos